Hace quince años que pesa una orden de demolición total sobre el edificio número 13 de la Avenida de San Roque de Afora a causa de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que anuló la licencia urbanística que dio lugar a su construcción. El año pasado, tras haber sido desestimadas las solicitudes de demolición parcial promovidas tanto por los propietarios como por el Ayuntamiento de A Coruña, el órgano judicial encargado de la ejecución de la sentencia resolvió que la única opción posible era la demolición total del edificio permitiendo conservar exclusivamente los sótanos destinados a garaje, dado que son compartidos con el resto de los inmuebles de alrededor.

Sin embargo, aún existiendo un título ejecutivo que obliga a su demolición, el Ayuntamiento de A Coruña –que en su día concedió una licencia urbanística sin respetar la normativa vigente y, por ende, con su actuación creó una falsa expectativa de legalidad en aquellos que adquirieron los inmuebles– no sólo no ha iniciado los trabajos que por orden judicial se le habían encomendado, sino que, continúa ignorando los requerimientos judiciales. 

Siguiendo la estela de gobiernos anteriores, la Junta de Gobierno Local –que quiere evitar a toda costa los gastos derivados de su negligencia urbanística– ha aprobado esta semana una nueva licencia que contempla la eliminación de lo construido ilegalmente con la intención de que el órgano judicial entienda que con esta alternativa se da cumplimiento al fallo evitando así el derribo.

Ante tal situación, la Asociación de Emprendedores de Galicia (ASCEGA) presentó una solicitud de personación en el procedimiento de ejecución a fin de velar por la reposición de la legalidad urbanística. En cambio, la petición de personamiento ha sido rechazada por parte del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº4 de A Coruña sobre la base de que ASCEGA no ha acreditado en qué manera se ve afectada para instar la ejecución forzosa.  

La asociación ha recurrido la negativa porque, siguiendo la interpretación de la norma que hace el Tribunal Supremo, en materia de urbanismo no hay necesidad de demostrar la existencia de interés o provecho subjetivo alguno, pues se presume que concurre el interés cuando se pretende restablecer la legalidad que ha sido vulnerada.

Desde ASCEGA se pretende recordar que la observancia de la legislación es un lugar común para los ciudadanos, las empresas y, por supuesto, la Administración y que el cumplimiento de la normativa no puede estar sujeto a conveniencia de los interesados, sino que es igual para todos, tal y como exige el Artículo 14 Constitución. En consecuencia, las resoluciones judiciales han de llevarse a término y, si los efectos negativos que derivan de su aplicación se deben a una irregularidad imputable al Ayuntamiento, los afectados tienen que ser indemnizados.

De la misma forma que un empresario puede incurrir en responsabilidad patrimonial cuando de forma negligente incumple con sus obligaciones, aquellas personas que intervinieron en la concesión de la licencia declarada ilegal –bien informando el expediente o bien firmando las resoluciones– tendrían que entonar el mea culpa y no escabullirse tras el escudo protector que otorga la Administración. Si de depurar responsabilidades se trata, detrás de este expediente urbanístico hay nombres y apellidos.

En definitiva, los coruñeses desconocen los entresijos del caso de San Roque de Afora, pero aun así tendrán que pagar la factura. Aunque lo segundo sea inevitable, lo primero tiene solución. Por esta razón, ASCEGA –que ha tenido acceso al expediente completo– se encargará de divulgar los detalles de este periplo judicial que, con sus idas y venidas, se lleva alargando casi dos décadas.