Sería la 14ª ocasión que el Estado Español se declara en suspensión de pagos 

Un país se puede considerar en quiebra cuando I) no puede hacer frente a sus pagos o II) no le compran deuda. España, con el respaldo del Banco Central Europeo (BCE), se consigue financiar a unos intereses regalados teniendo en cuenta las cifras que presenta el Estado atendiendo a su nivel de endeudamiento, crecimiento y falta de rigor presupuestario; por lo que siempre que exista el BCE, la deuda de España tendrá demanda. Por otra parte, un fondo de inversión está pidiendo la quiebra del Estado Español por haber incumplido parcial o totalmente sus obligaciones de pago con laudos arbitrales internacionales sobre energías renovables.

El fondo estadounidense Blasket Renewable Investmenst, invoca la cláusula de quiebra o impago técnico porque España “ha incumplido, parcial o totalmente, sus obligaciones de pago por laudos arbitrales internacionales (…) por cambios en su régimen regulatorio del sector de energía renovable que constituyen violaciones de los compromisos de España con el Tratado de la Carta de la Energía”, según la petición realizada a los bancos Chase Manhattan Bank y al New York Mellon para la ejecución de los bonos españoles que las entidades tienen en cartera para cubrir los 200 millones que al fondo de inversión le adeuda el Estado Español.

Por dar un contexto el citado fondo invirtió en energías renovables en España que, en ese momento, tenía un marco regulatorio garantizando una rentabilidad. En mayo de 2007, el gobierno de España aprueba un decreto por el que establece una regulación para impulsar la expansión de las energías renovables. Este incentivo a la expansión de energías renovables se realizó a través de primas (las conocidas como “primas a las renovables”). Estas primas se concibieron en los inicios de la regulación del sector energético en España, allá por los años 1990, como un medio para “cubrir los costes que les permitan competir en nivel de igualdad con el resto de las tecnologías del mercado ofreciendo una rentabilidad razonable”. Dichas primas ofrecían una rentabilidad cercana al 7%.

Tres años después de la aprobación del Real Decreto 661/2007, el Gobierno de España comenzó en 2010 a recortar las primas a las renovables sustentando esta acción en el déficit tarifario estructural que el sector eléctrico español sufría unido a la crisis financiera iniciada en el año 2008. Estos recortes continuaron hasta 2013, donde el Gobierno de España redujo en un 40% adicional las primas a las renovables, que anteriormente ya habían sido reducidas, siempre de manera unilateral.

Ante esta situación, los afectados acudieron al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) que ha fallado en numerosas ocasiones en contra de España condenándole a la devolución a los inversores del capital depositado más intereses de lucro cesantes y añadiendo las multimillonarias costas de los procedimientos. El fondo Blasket Renewable Investmenst indica que España tiene más laudos pendientes e impagados que cualquier otro país del mundo, salvo Venezuela.

Según el fondo de inversión “es la primera vez que España incumple su acervo de deuda soberana desde 1936, lo que le sitúa como el primer país europeo desde que Grecia incurrió en impago de su préstamo del Fondo Monetario Internacional en junio de 2015”. Por parte de España, el Ministerio de Asuntos Económicos ha confirmado recepción de todas las misivas de los afectados, así como de los fallos del CIADI en relación con las primas de renovables, sin embargo, no tiene intención de restituir capital alguno. 

Desde la secretaría del general del Tesoro se ha contestado al fondo de inversión escuetamente: “Responderemos a su debido tiempo y mientras tanto no asumimos responsabilidad alguna. Nos reservamos todos nuestros derechos”. Los laudos perdidos por España relacionados con las renovables superan los 1.175 millones de euros que los afectados intentan cobrar de los activos de España en el exterior: ya se han solicitado ejecuciones sobre el navío Juan Sebastián Elcano, la deuda pública o el Instituto Cervantes en Londres.

Recordemos que el origen de este caso es un régimen de subvenciones del Gobierno de Zapatero que desbordó todas las previsiones y obligó al ministro de Industria de la época, Miguel Sebastián, a intentar un recorte. Fue el Gobierno posterior de Rajoy el que aplicó un tijeretazo retroactivo que desató una lluvia de reclamaciones de fondos alegando inseguridad jurídica. No hay constancia de que se haya exigido algún tipo de responsabilidad a ningún cargo de los dos gabinetes de gobierno.