El 15 de septiembre se publicaba en el Diario Oficial de Galicia la modificación y actualización de las normas de habitabilidad de Galicia aprobadas en 2010 que regulan las condiciones que deben cumplir las viviendas nuevas o rehabilitadas. En cumplimiento del Pacto de vivienda de Galicia 2021-2025, el nuevo texto, según señalan desde la propia Xunta de Galicia “tiene una doble finalidad”. Por un lado, busca ofrecer soluciones y adaptarse a los cambios socioeconómicos y estructurales experimentados por la sociedad gallega en los últimos años y, por otro lado, adecuar la normativa vigente con la finalidad de simplificar su aplicación y eliminar redundancias.

Entre las medidas adoptadas destaca, por ser su buque insignia, la novedad consistente en facilitar que bajos comerciales en zonas urbanas que estén abandonados o sin actividad puedan cambiar de uso y reconvertirse en viviendas. Esta flexibilización de la normativa responde a la problemática que está suponiendo para algunas ciudades el progresivo abandono de los locales destinados a usos comerciales, ya que, a causa de los bajos cerrados y vacíos, la imagen de las ciudades y de la propia vida urbana están atravesando un proceso de degradación imparable.

Lo anterior no se trata de una percepción, sino de un hecho. A modo de ejemplo, según el estudio llevado a cabo por el economista Pablo Ruiz para ASCEGA, en A Coruña una tercera parte de los bajos comerciales del centro de la ciudad se hallan vacíos. En la misma línea, la Federación Gallega de Empresas Inmobiliarias (FEGEIN) ha cifrado en 7.000 los bajos vacíos. Si bien, en este último caso, el dato no ofrece una visión fidedigna de la realidad al no tener en cuenta aquellos bajos que no dependen de inmobiliarias sino de propietarios particulares.

Lo llamativo de la norma es que, a pesar de haber sido aligerados ciertos requisitos como la altura mínima requerida, los ayuntamientos, mediante un anexo de habitabilidad y atendiendo al caso concreto, podrán hacer excepciones y simplificar las exigencias necesarias para garantizar la intimidad de los residentes y tendrán la potestad de delimitar ciertos ámbitos dentro de sus municipios en los que se exima del cumplimiento de protección de vistas en las viviendas resultantes.

Desde el sector se muestra cierto escepticismo ante el impacto de la medida que entrará en vigor el próximo 15 de octubre, ya que consideran que su alcance será limitado. No es para menos, pues en última instancia, el éxito de la flexibilización que contempla la norma dependerá de la predisposición que tengan los servicios municipales de urbanismo a la hora de tramitar los respectivos anexos de habitabilidad que justifiquen la viabilidad del cambio de uso. A modo de ejemplo, en los últimos cuatro años en el Ayuntamiento de La Coruña únicamente se han concedido 90 licencias de este tipo.

En cualquier caso, resulta problemático que, ante la crisis del pequeño comercio y, por ende, de las escasas esperanzas de que en un futuro alberguen un negocio, el propietario tenga en la práctica tantas dificultades para decidir sobre el uso y el destino de su propiedad. Es cierto que son habituales los problemas con la salida de gases, pero es contradictorio que la normativa exija que tengan salida por la cubierta y, al mismo tiempo, como bien ha señalado al respecto Alfonso Salazar -presidente de ASCEGA- en una reciente entrevista en prensa, “una freiduría de calamares la pueda tener en la fachada” cuando, en términos de emisiones, una vivienda seguramente emitiese menos cantidad de gases que un negocio de esas características.